Ministerio de Derechos Sociales

Belarra concede menos ayudas a las familias con un único progenitor si es hombre

Ione Belarra familias
Ione Belarra e Irene Montero, en el Congreso.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La llamada Ley de Familias, promovida por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, prioriza a las familias «en que exista una sola mujer progenitora», frente a las conformadas por un progenitor varón, en «todas aquellas políticas públicas, medidas y recursos específicos que busquen garantizar la corresponsabilidad en el ámbito del cuidado de las personas menores de edad a su cargo». Esta circunstancia supone una discriminación con respecto a las familias con un solo progenitor que sea hombre. Así lo ha advertido el Consejo Económico y Social (CES), órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica, en su dictamen sobre el anteproyecto de la ley, pendiente de ser aprobada en segunda vuelta en el Consejo de Ministros.

El texto elaborado por Belarra -y con los ministerios de Igualdad y Trabajo de coproponentes- no hace alusión alguna a la prioridad de las familias con un solo progenitor para acceder a estas medidas específicas, dirigidas a facilitar la conciliación en el ámbito familiar. Esa discriminación se recoge en el artículo para la protección de «las situaciones familiares en que exista una sola persona progenitora».

Con la nueva ley, estas «situaciones familiares» -las llamadas familias monoparentales- se equiparan además a las «familias numerosas», que pierden su denominación. Todos estos supuestos quedan englobados en lo que Belarra llama «familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza». El cambio de nombre ha provocado las críticas de las asociaciones de familias numerosas, un término vigente desde hace 80 años.

Así, con la nueva ley, alrededor de 300.000 familias con un solo progenitor, hombre o mujer, y dos hijos, podrán disfrutar de medidas de protección social como la gratuidad de las tasas educativas o ayudas al transporte. Según los cálculos del Ministerio de Derechos Sociales, en España hay actualmente más de 750.000 familias con el título en vigor de familia numerosa.

Polémicas

La aprobación de la ley está prevista para junio o julio de 2023, aunque se anticipa una tramitación complicada por las polémicas que ya ha provocado. Entre ellas, la obligación de incluir la «diversidad familiar como principio del sistema educativo», que «debe tener su reflejo en los libros de texto y demás materiales de uso educativo, las actividades socioeducativas y de ocio complementarias que se organicen en los centros educativos».

Además, se indica que el profesorado tendrá que ser formado en esa «diversidad familiar» y que «los formularios y cuestionarios no podrán tener epígrafes no inclusivos».

Igualmente, la ley prohíbe que los padres impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar a través del conocido como PIN parental en los centros educativos. Así, se indica que: «Los progenitores o adultos responsables no podrán limitar o impedir el acceso de niñas, niños y adolescentes a la información y su participación en actividades de sensibilización y difusión de la diversidad familiar que se desarrollen en el marco educativo, a fin de evitar una restricción de sus derechos a la educación y al libre desarrollo de su personalidad».

El texto recoge una decena de lo que Belarra denomina «situaciones familiares»:»Situaciones familiares de vulnerabilidad con personas menores de edad a cargo; situaciones familiares en que exista una sola persona progenitora; situaciones familiares en que existan personas con discapacidad y/o en situación de dependencia; situaciones familiares en que existan personas pertenecientes a los colectivos LGTBI; situaciones familiares en las que se producen nacimientos, adopciones o acogimientos múltiples; situaciones familiares en las que se produzcan adopciones o acogimientos; situaciones familiares con hijas o hijos de uniones anteriores; situación de las familias residentes en el medio rural y situaciones familiares en las que alguno de sus miembros procede de otro Estado o territorio, o de emigrantes retornados».

En su exposición de motivos, la ley explica que, en las últimas décadas, «las familias españolas han experimentado muchos cambios en su tamaño y en su composición». «El avance del feminismo, de los derechos LGTBI o la creciente demanda de cuidados por el progresivo envejecimiento de la población constituyen cambios significativos que ponen de manifiesto nuevas demandas a las que el legislador debe dar respuesta», alega el departamento de Belarra, que destaca que «ya no existe la familia, sino las familias, en plural».

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